miércoles, noviembre 02, 2011

ONG Fundesco certifica a teletrabajadores

La Fundación para el Desarrollo del Conocimiento en su rol de organismo certificador acreditado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, convoca a quienes teletrabajan desde hace por lo menos seis meses, o lo hayan hecho, a realizar gratuitamente la evaluación para la Certificación de Competencias laborales, esto es un reconocimiento público, formal y temporal de la capacidad laboral que, entre otras ventajas, puede mejorar las oportunidades de inserción laboral y de carrera.
La certificación consta de una entrevista sociolaboral (presencial o telefónica) y una evaluación virtual. Las competencias certificadas estarán disponibles en una base de datos pública, a la que podrán acceder empleadores. Hace varios años que se está redactando un proyecto de Ley de Teletrabajo y la intención es que tome estado parlamentario durante este período legislativo. Los certificados serán entregados por el Ministerio. Obtiene más información:  fundesco@fundesco.org.ar. 

miércoles, septiembre 07, 2011

TELETRABAJO

Principios mínimos: Es una forma de trabajo que se realiza en un lugar alejado de las oficinas centrales o de las instalaciones de producción, mediante la utilización de las nuevas tecnologías de la comunicación. Al referirse "a distancia" se habla de que el trabajo puede ser desempeñado en la casa del teletrabajador, la casa de un familiar o amigo, en un centro de Coworking, en un hotel, en un restaurante, en un ómnibus, en un automóvil, en un cyber o en cualquier otro lugar. El teletrabajo también es usado por personas con algún tipo de limitación que no pueden transportarse físicamente a su área de trabajo, así como también por personas que viven en países diferentes al de su área de trabajo. La diferencia fundamental entre "trabajo a domicilio" y "teletrabajo" es la preponderancia de la informática y las telecomunicaciones en la realización del teletrabajo. Muchas de las tareas que se ejecutan en una oficina no requieren de una presencia del trabajador en su puesto y pueden ser realizadas a distancia utilizando Tecnologías de la Información y la ComunicaciónLas TIC son un punto importante para el desarrollo del teletrabajo, ya que permiten el procesado de información para su uso o para la comunicación. En estas se puede englobar la computadora, el fax, el teléfono móvil, el propio Internet (correo electrónicochatllamadas sobre IP y videoconferencia), etc. Ver   http://www.trabajo.gov.ar/difusion/teletrabajo/100924_manual-buenas-practicas.pdf
Red de Teletrabajo  http://www.trabajo.gov.ar/difusion/teletrabajo/diptico_redteletrabajo.pdf 
Existen dos modalidades de teletrabajo: autónomo y en relación de dependencia. Bajo esta última, el Ministerio de Trabajo elevó el Proyecto de Ley que regula el teletrabajo en Relación de Dependencia.

• Voluntariedad.
• Igualdad respecto de los trabajadores presenciales.
• Aplicabilidad de la libertad sindical.
• Modalidad mixta o parcial.
• Idoneidad en el rol de teletrabajador.
• Prevención en materia de seguridad e higiene.


El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, a través de la Secretaría de Empleo y la Coordinación de Teletrabajo, organiza nuevos cursos para capacitar a 1500 personas en forma gratuita en alfabetización digital y teletrabajo.
Las capacitaciones comenzarán en septiembre con una duración de 96 horas y abarcarán los siguientes lugares: Capital Federal; Zárate, San Martín, Hurlingham, Marcos Paz, Esteban Echeverría, Bahía Blanca; y las provincias de Córdoba, Jujuy, Neuquén, Santa Fe, Chaco, Entre Ríos, Salta , Tucumán, Misiones, Chubut y San Luis.
La propuesta es para los jóvenes de 18 a 24 años adheridos al Programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo, como así también para los mayores de 45 años, que buscan la inserción o reinserción laboral. La capacitación consiste en adquirir competencias en el uso de las herramientas TICs y la modalidad del Teletrabajo, potenciando sus posibilidades laborales.
Algunos de los temas que se dictarán en los módulos son Alfabetización informática básica, Alfabetización informática e internet avanzada, Comunicación interpersonal en las organizaciones, Gestión del tiempo y Teletrabajo.
También se realizarán 2 cursos en la Unidad Penitenciaria de Marcos Paz para personas privadas de su libertad con la finalidad de lograr su reinserción sociolaboral a través del teletrabajo.
Los interesados deberán anotarse a través del siguiente link:http://www.trabajo.gob.ar/teletrabajo/capacitacion/

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social a través de la Coordinación de Teletrabajo posibilita la certificación de competencias en dicha modalidad. En esta oportunidad, son 500 las vacantes para certificar como teletrabajador genérico. La Certificación de Competencias en Teletrabajo es el reconocimiento público, formal y temporal de la capacidad laboral demostrda por un trabajador. Los estándares de competencia construidos son validados, rectificados y ratificados por los actores del mundo del trabajo del sector (empresas, sindicatos, instituciones públicas) y convertidos en norma de competencia. El requisito para poder certificarse es tener como mínimo 6 meses de experiencia como teletrabajador. 
Ventajas que aporta certificar competencias laborales:
• Es un reconocimiento público de la experiencia.
• Mejora las oportunidades de inserción laboral.
• Mejora las oportunidades de carrera.
• Promueve la capacitación y la formación continua.
• Hace más eficiente la gestión de recursos humanos en las empresas. 
La evaluación y certificación no tienen costo alguno. Para obtener mayor información o inscribirse al programa escribir a certcompetencias@trabajo.gob.ar
http://www.trabajo.gov.ar/teletrabajo/
Ver Entrevista a Viviana Díaz, Coordinadora del Área de Teletrabajo
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación
Av Leandro N. Alem 650 (C1001AAO) Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina

martes, septiembre 06, 2011

Ley ALAS y PRE.BA

La Ley ALAS tiene como objetivo formalizar y registrar la actividad laboral que tenga como base el autoempleo, propendiendo a la solidaridad y cooperación entre sus integrantes, formados por microemprendedores productivos, sean o no efectores sociales. La Ley cuenta actualmente con 13 mil beneficiarios. Mediante un convenio firmado entre el Ministerio de Trabajo de la provincia y ARBA en Diciembre de 2010 se exime del impuesto y de la inscripción de Ingresos Brutos a los microemprendedores inscriptos en la Ley Alas, lo que hace más viable el beneficio que otorga la Ley.                                                                                   El PREBA es un programa destinado a preservar las fuentes de trabajo en las empresas de la Provincia de Buenos Aires con el apoyo del Gobierno Provincial. El beneficio de dicho programa radica en el pago de una parte del salario de los trabajadores y un plus por capacitación.  A través de este programa, la Provincia subsidia parte del salario de cada nuevo puesto de trabajo que se crea, durante hasta 24 meses. A mediados de Junio de 2011, el Gobernador Daniel Scioli anunció que el subsidio, que hasta ese momento era de $600, pasó a estar atado al 50% del salario mínimo vital y móvil, con lo cual, actualmente, alcanza los $1150. La actividad se lleva a cabo en el marco de las políticas de Estado ejecutadas para la generación de empleo por el Gobernador Daniel Scioli, a través del Ministro de Trabajo, Oscar Cuartango. 
Interesados pueden comunicarse con Ley Alas por e-mail a leyalas@gmail.com 
o por teléfono  al(0221) 483-0129    (0221) 483-0129       (Interno 104 o 120) 


DE INTERÉS PARA REFERENTES
Delegaciones del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires con áreas de gestión referidas a la Ley ALAS
Referentes institucionales, dirigentes y monotributistas sociales pueden recibir asesoramiento y realizar trámites referidos a la Ley provincial 13.136 de Promoción de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia  -conocida como ley ALAS - en las delegaciones del Ministerio de Trabajo de la provincia de Buenos Aires que les presentamos a continuación.

Delegaciones del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca. Secretaría de Agricultura Familiar
Les presentamos las Delegaciones que posee el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y la Secretaría de Agricultura Familiar en todo el país, divididas en las siguientes regiones: NOA, NEA, Patagonia, Cuyo y Centro. Cabe recordar que a partir de la reglamentación del Convenio 991/2010 begin_of_the_skype_highlighting            991/2010      end_of_the_skype_highlighting       firmado entre la Secretaría de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar del Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca de la Nación y el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social entró en vigencia el subsidio al Monotributo Social implementado por la Secretaría de Agricultura Familiar (SAF). Este subsidio complementa los 35 pesos que debiera pagar el productor por parte de la SAF.
Para acceder a este derecho, los agricultores familiares que ya sean monotributistas sociales o que deseen inscribirse bajo este régimen especial deberán dirigirse a las delegaciones de la Secretaría de Agricultura Familiar de su provincia.
Ver Listado

MONOTRIBUTO SOCIAL




El Monotributo Social es una categoría tributaria para todas aquellas personas que están realizando actividades de producción de bienes o servicios, pero que por su situación de vulnerabilidad social no pueden acceder al mercado formal. Así, esta categoría tributaria, que es subsidiada por el Ministerio de Desarrollo Social, permite el acceso a la facturación, a un registro en AFIP con un número de CUIT, pero es el registro de efectores del Ministerio quien administra esta herramienta.
Se trata de un sistema integrado de seguridad y obra social para el grupo familiar primario para el  Productor de la agricultura familiar. Desde el 23 de julio está habilitada la categoría de Monotributo Social Agropecuario a costo cero para el sector de la Agricultura Familiar, a partir del Convenio 991/09 del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación con el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación según fuera publicado en el Boletín Oficial Nº 31.950.

El Monotributo para Agricultores Familiares es una de las iniciativas de la Subsecretaría de Agricultura Familiar de la Nación. Si un productor agropecuario reúne las características de un efector social, o sea que sus ingresos no superen los 24.000 $/año y se encuentren en situación de vulnerabilidad socio-económica podrá acceder al Monotributo Social Agropecuario.

El productor/a registrado en la categoría de MSA podrá:
  • Emitir factura oficial (factura de tipo “C”).
  • Acceder a una obra social de libre elección.
  • Ingresar al sistema provisional. (Jubilación).
  • Ser proveedores del Estado, por compra directa.
  • Acceder a otros canales de comercialización (venta a comercios e instituciones).

Esta herramienta está destinada a los pequeños productores del país con producción para subsistencia y pequeñas unidades de venta. Brindará a estas personas los mismos beneficios del Monotributo Social o sea acceder a planes de salud para toda la familia y la posibilidad de facturar en blanco, pero con costo 0.

¿Quiénes pueden inscribirse?

Personas en situación de vulnerabilidad social que no generen ingresos anuales superiores a los correspondientes a la categoría más baja del monotributo general.
Pueden ser:
- Personas que realizan una única actividad económica.
- Integrantes de proyectos productivos que conformen grupos de hasta tres personas.
- Cooperativas de Trabajo.

Pueden inscribirse, sin perder el beneficio las personas beneficiarias de:
  • Asignación Universal por Hijo
  • Asignación Universal por Embarazo
  • Pensiones No Contributivas.
  • Jubilados o pensionados que cobren el haber mínimo.
  • Inscriptos en el monotributo actualmente (en la categoría más baja)
  • Seguro de Desempleo (sin superposición en el tiempo)

¿Qué documentación deben presentar para inscribirse?
- Documento Nacional de Identidad (DNI), Libreta Cívica (LC) o Libreta de Enrolamiento (LE) en originales.
- Fotocopia de la 1º y 2º hoja del DNI, LC o LE

Quien ya es monotributista, ¿puede inscribirse?
Quien ya es monotributista y se inscribe en el Registro será recategorizado como
Monotributista Social. El traspaso se realiza una vez que es dado de alta.

¿Cuánto dura el derecho?
El derecho rige mientras se mantiene la situación de vulnerabilidad y los requisitos de ingreso.

¿Cuánto, cuándo y dónde debo abonar?
El monotributista social paga el 50% del componente de la obra socia (Actualmente, el monotributista paga $35 mensuales)l. Una vez otorgada la CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria) y la CUR (Código Único de Revista), lo que permite contar con la credencial, se paga del 1º al 7 de cada mes en cualquier banco, Pagofácil, Rapipago, etc.

¿Qué tipo de factura se emite?
En el caso de personas físicas la facturación será personal, de tipo “C”.
En los proyectos productivos, la factura también será de tipo “C”, a través del proyecto.
Las cooperativas serán las que facturen en nombre de sus asociados, con factura de tipo “A”, “M” o “B”.

¿Qué prestaciones ofrece la obra social?
Las prestaciones del Plan Médico Obligatorio (PMO), a las que se tiene acceso progresivo que se completa a los tres meses.
El cónyuge y los hijos pueden acceder a la obra social. Para ello, deberá comunicar la desición de incluir a sus familiares y pagar el 50% del componente de Obra Social por cada uno de ellos. ($35 por cada uno actualmente).

Vías de contacto:

Dirección Nacional de Fomento del Monotributo Social 
privadacbernazza@desarrollosocial.gov.ar / 011              4316-4937 begin_of_the_skype_highlighting            4316-4937      end_of_the_skype_highlighting            

Dirección del Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social  registroefectores@desarrollosocial.gov.ar / 011              4316-4949 begin_of_the_skype_highlighting            4316-4949      end_of_the_skype_highlighting            

Oficina central: 25 de Mayo 606, CP (1002), Capital Federal. 
Horario de atención: 9:00 a 17:00 horas. Correo electrónico: registroefectores@desarrollosocial.gov.ar /monotributosocial@desarrollosocial.gov.ar  

Página web: www.desarrollosocial.gov.ar/efectores/efectores.asp